Licencia de venta ambulante para un food truck: requisitos
No hay un carnet nacional: cada ayuntamiento autoriza dónde y cuándo se vende, por tiempo limitado. Qué pide la declaración responsable, cómo darse de alta de autónomo, qué epígrafe del IAE elegir y qué tasas se pagan.
Romain BarreauFundador de Food Truck Store · 5 min de lecturaLa licencia de venta ambulante no existe como carnet nacional: un food truck necesita una autorización del ayuntamiento donde vende, por tiempo limitado, más el alta como autónomo o empresa. Aquí tiene qué pide la declaración responsable, cómo darse de alta, qué epígrafe del IAE encaja y las tasas.

Una autorización del ayuntamiento.
El ayuntamiento concede la autorización según su ordenanza y la ley de comercio de su comunidad, por tiempo limitado y nunca indefinido (Ley 7/1996, art. 54). El RD 199/2010 está derogado (RD 538/2021).
- Lugar y fechasUn mercadillo, una plaza, una feria: la autorización indica dónde y cuándo puede vender.
- Por tiempo limitadoLa autorización fija su plazo de validez, fechas y horarios; no se renueva sola.
- Con productos autorizadosEl documento dice qué puede vender: si quiere servir alcohol, debe figurar.
- Visible en el puestoSus datos, la autorización y una dirección para reclamaciones, a la vista del público (Ley 7/1996, art. 55).

Qué pide la declaración responsable.
Cada ordenanza fija los requisitos. Lo habitual: una declaración responsable de estar de alta en el IAE y en la Seguridad Social; Valencia, por ejemplo, exige los dos (ordenanza, art. 11 y 21).
La autorización, a la vista del público, en cada puesto.

Darse de alta de autónomo, en orden.
El alta en la Seguridad Social se pide antes de iniciar la actividad, hasta 60 días antes (Importass); el modelo 036 se presenta «con anterioridad al inicio» de la actividad (Agencia Tributaria).
- Alta en el RETA
En Importass, antes del primer día de venta. Indicará el código de actividad, la fecha de inicio y una estimación de rendimientos.
- Modelo 036 en Hacienda
Declaración censal de alta (casilla 111) con su epígrafe del IAE. Una gestoría lo presenta en el mismo día.
- Cuota reducida
Tarifa plana de 80 € al mes el primer año (88,64 € con el MEI en 2026), prorrogable otro si gana menos del salario mínimo (Seguridad Social).
- Registro sanitario y formación
Comunicación previa a su comunidad autónoma y formación en higiene de su equipo: lo explicamos en nuestras guías sobre el registro sanitario y el carnet de manipulador.
- Autorización municipal
Con todo lo anterior, la solicitud y la declaración responsable en el ayuntamiento donde quiera vender.

Qué epígrafe del IAE elegir.
Las personas físicas no pagan el IAE, pero declaran su epígrafe (RDL 2/2004, art. 82.1 c). Varios encajan con un food truck (tarifas del IAE); su gestoría elige el que corresponde a lo que vende.
- 663.1comercio al por menor fuera de establecimiento comercial permanente de productos alimenticios, bebidas y helados
- 675servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, en mercados o en la vía pública
- 677.9otros servicios de alimentación propios de la restauración
- 676chocolaterías, heladerías y horchaterías
Las tasas del ayuntamiento.
Los ayuntamientos pueden cobrar una tasa por la «instalación de puestos, barracas, casetas de venta» en terrenos de uso público y por las «industrias callejeras y ambulantes» (RDL 2/2004, art. 20.3 n). Cada ordenanza fiscal fija el importe: en Burgos, la feria de food trucks de 2025 tributa por la ordenanza fiscal 213 (Ayuntamiento de Burgos). Dónde se puede vender y qué cambia de una ciudad a otra está en dónde poner un food truck.
Cada ciudad tiene su ordenanza.
Con los papeles en regla, falta el remolque.
Autorización, alta, registro y formación: con eso puede abrir. El remolque llega con su COC y pasa una vez por la ITV (ITV y matriculación). Modelos en comprar food truck; los costes, en cuánto cuesta un food truck.
Primero los papeles, después la cola.

Preguntas frecuentes.
¿Tiene otra pregunta? Escríbanos ›Una autorización municipal de venta ambulante o no sedentaria, concedida por tiempo limitado (Ley 7/1996, art. 54) según la ordenanza de cada ayuntamiento, que suele pedir el alta en el IAE y en la Seguridad Social. No existe una licencia nacional ni un carnet de vendedor ambulante.
Alta como autónomo o empresa (Seguridad Social y modelo 036), epígrafe del IAE declarado, inscripción en el registro sanitario de su comunidad autónoma, formación en higiene de quien manipula alimentos y la autorización del ayuntamiento del lugar de venta, que fija productos, fechas y horarios. Muchos ayuntamientos añaden un seguro de responsabilidad civil.
Hay que estar dado de alta como autónomo o a través de una sociedad: las ordenanzas piden el alta en el IAE y estar al corriente con la Seguridad Social (en Valencia, art. 21). El alta en el RETA se solicita antes de empezar, con hasta 60 días de antelación.
Depende de lo que haga: el 663.1 cubre el comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y helados fuera de un establecimiento permanente; el 675, los servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, en mercados o en la vía pública; el 677.9, otros servicios de restauración; el 676, las heladerías y horchaterías. Las personas físicas no pagan el impuesto, pero declaran el epígrafe.
Lo que fije el ayuntamiento en el documento: la ley exige que sea limitada, nunca indefinida, y que permita amortizar la inversión (Ley 7/1996, art. 54). Si puede transmitirse, y cómo, lo dice la ordenanza. Al vencer, hay que volver a solicitarla.
No. La autorización vale para el emplazamiento, las fechas y los horarios que indica. Valencia prohíbe la venta itinerante en su término municipal; cada ciudad decide en su ordenanza.


Por Romain, fundador 
